Redacción Minuta Legislativa
El Congreso del Estado de Sinaloa aprobó por unanimidad una reforma a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el objetivo de redefinir el concepto de noviazgo y ampliar la tipificación de la violencia dentro de estas relaciones sentimentales.
La iniciativa, impulsada por diputadas y diputados del Grupo Parlamentario de Morena y dictaminada por la Comisión de Igualdad, Género, Diversidad Sexual e Inclusión, busca sancionar con mayor claridad las conductas violentas que pueden presentarse durante el noviazgo.
Con la modificación, la fracción 24 del artículo 10 y el artículo 24 Bis de la ley quedan reformados. Ahora se define al noviazgo como una relación sentimental transitoria entre dos personas que implica conocimiento mutuo, con miras a una relación permanente o legal.
El artículo 24 Bis especifica que la violencia en el noviazgo incluye cualquier acción directa o indirecta que cause daño o sufrimiento, como manipulación, control, humillación, agresión u obligación a realizar actos en contra de la voluntad.
Estas reformas fortalecen el marco jurídico del estado, permitiendo implementar medidas preventivas y sancionatorias más efectivas, especialmente en beneficio de las mujeres, quienes son las principales afectadas por este tipo de violencia.