Redacción Minuta Legislativa
La LXIII Legislatura del Congreso del Estado aprobó por unanimidad la reforma al artículo 27 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, relativa a la suspensión de prerrogativas, cuando se declare persona deudora alimentaria morosa; así como tratándose de personas a quienes se haya impuesto sentencia firme por los delitos de violencia familiar; contra las mujeres por razón de género, contra la libertad sexual; la seguridad sexual; o contra el normal desarrollo psicosexual.
En estos casos, la persona no podrá ser registrada como candidata para cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio público. Se indica que con esta modificación se busca sancionar además las conductas reprochables como la comisión de determinados tipos de delitos; así como el incumplimiento de las obligaciones alimentarias; y así promover un cambio cultural en relación con el compromiso y la responsabilidad familiar.
No solo se busca sancionar, sino también prevenir futuros incumplimientos, con lo cual se está enviando un mensaje claro del respeto por la dignidad de las personas, su libre desarrollo de la personalidad, así como la responsabilidad familiar la cual es un aspecto fundamental en la evaluación de la idoneidad de un individuo para servir a la sociedad en roles de liderazgo y conducción en el servicio público, medida que además contribuiría a elevar la calidad e integridad de nuestros representantes.