Redacción Minuta Legislativa
El Congreso de Estado aprobó las reformas a la Ley de Asociaciones Público Privadas para el Estado, con la finalidad de que el gobierno del estado tenga solvencia económica para cubrir compromisos financieros, como es el caso de los créditos a corto plazo.
De esta manera, la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuenta Pública sometió a consideración de Pleno, las reformas que presentó el ejecutivo estatal, con el objetivo de ampliar el plazo a 40 años para la celebración de los contratos entre los entes públicos y la asociación público privada.
Lo anterior, de conformidad con el artículo 87 de la Ley de Asociaciones Público Privada federal; ello con el fin de homologar las disposiciones locales a la federal. Realizadas las modificaciones correspondientes al contrato, el ente público contratante deberá solicitar la modificación de la obligación previamente inscrita en el Registro Estatal de Deuda Pública y en el Registro Público Único.
Lo anterior, a fin de determinar si es pertinente el otorgamiento de la ampliación o prórroga, o en su caso la convocatoria a una nueva licitación; en el caso de que se opte por no realizar un nuevo proceso de licitación, deberá demostrar que esta decisión representa las mejores condiciones de mercado, es decir, el costo financiero más bajo.